Marco legal

El software usado puede ser revendido

Vender nuestros objetos usados no es sólo la manera en la que millones hemos podido quitarnos de encima algunas cosas del pasado a cambio de unos actuales billetes, también es una obviedad en términos de propiedad y libertad de acción que se daba por asumida. A menos que tuvieras un producto de Oracle, porque en cuanto se enterasen de que ibas a vender tu licencia de software usado a otra persona, la demanda aparecería mágicamente en tu buzón de correo. Sin embargo, un juzgado Europeo le ha dicho que no a Oracle, que el software usado puede ser revendido.

No todos tienen tanto dinero y cada uno debería ser dueño de lo que compra. Esto es lo que algunas compañías no comprenden cuando alguien les dice que compró una licencia usada de un software porque básicamente costaba entre un 35 y 55 por ciento más barata que una original y cuando otro se defiende explicando que vendió el software porque no lo utilizaba más y porque básicamente es suyo.

Todo comenzó cuando una empresa alemana. UsedSoft GmbH, fue acusada por Oracle de revender licencias de software para base de datos (también de Microsoft y Adobe) que ya no eran usadas por sus dueños (previa compra de las licencias a éstos). Oracle se opuso a esta práctica económica y la demanda fue llevada a un juzgado de la UE para arbitrar el caso. La sentencia dictaminó que «aun cuando el acuerdo de licencia prohíba la transferencia, el dueño del copyright no podrá oponerse a la venta de esa copia». Es decir, el software usado puede ser revendido.

Los ToS o Acuerdos de Licencia  o Términos de Servicio son redacciones propias de las compañías que tienen verificación legal local, pero que no necesariamente se atienen a todas las reglas y realidades del mercado y la sociedad en la que se comercian. El ejemplo en este caso es esclarecedor, y aunque Oracle parece no comprender, diciendo que esto no ayuda a la innovación y que no respeta a la propiedad de autor, el juzgado dio a entender que la licencia actúa como el cambio de dueño en un coche, un hogar o un fondo de comercio; es transferible. En este caso, y así como con los anteriores inmuebles,  el dueño que vende la licencia no podrá seguir usando el software en su sistema tanto como el ex-dueño de un apartamento no podrá seguir viviendo en él cuando los dueños sean otros.

Para quien lo compra, el software usado (en general) no tiene soporte personalizado, no tiene identificación propia, no accede a promociones y beneficios. Esto es una limitación que no le importa al usuario ya que quiere el programa por lo que es en sí mismo y si alguien tiene propiedad sobre el mismo por las vías legales de la adquisición de licencias y quiere venderlo porque no le sirve más, éste último debería ser el responsable y dueño del producto para hacer con él lo que se le antoje; como por ejemplo venderlo al interesado que no tiene dinero o no quiere gastar tanto.
 
Estamos hablando aquí de la licencia personal sobre el programa, no sobre algún componente propio del programa o sacar provecho del hackeo del programa u otras prácticas ilegales. A mi entender, el conflicto real nace cuando Oracle o Adobe o quien sea quiere aprovechar el interés manifiesto por el programa del sujeto comprador de licencias usadas, aunque si justamente busca licencias usadas es porque no puede o no quiere pagar el alto costo del servicio o aplicación así como algunos no compramos coches 0km porque no podemos/queremos y otros los venden porque son suyos.

Fuente: neoteo.com

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